Cómputo Aplicado



Cambios relevantes del CFDI versión 3.3

Con el objetivo de mejorar el control tributario y resolver las incidencias del modelo actual de facturación electrónica, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó algunas modificaciones a su actual CFDI. Te invitamos a conocer los cambios más relevantes de su nueva versión:

En la versión 3.3 se incluirán una serie de reglas de validación en el cálculo de los datos y en otros datos como uso de claves, que permitirán confirmar la conguencia de los datos, para evitar posibles errores.

La nueva versión no permitirá valores negativos, y en algunos casos, no permitirá valores en cero.

Cuando no se utilice un RFC genérico, el RFC deberá existir en la lista de RFC inscritos no cancelados del SAT.

En la versión 3.3 se deberá indicar el “Uso del CFDI” que el Receptor dará al mismo, donde su valor deberá corresponder a una clave del catálogo de “Uso de comprobantes”; por ejemplo, “G01” Adquisición de mercancías.

En el “Lugar de expedición” solamente se deberá asignar el código postal del lugar donde se expide dicho comprobante. Mientras que en la versión 3.2 es un campo de texto libre donde se asigna el nombre del lugar donde se expide el comprobante.

La “Fecha y hora” del comprobante deberán corresponder a la “Fecha y hora local” de donde se expide dicho comprobante.

En la “Moneda” se deberá asignar una clave del catálogo de “Monedas” conforme a la especificación ISO 4217; por ejemplo, para el peso mexicano se deberá asignar “MXN”. En cambio en la versión 3.2 el campo para asignar la moneda es un texto libre.

Para ser coherentes con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, se invertirán los datos que se deben asignar como “Método de pago” y “Forma de pago”. En la versión 3.2 la “Forma de pago” es un texto donde se indica si la operación fue pagada como “Pago en una sola exhibición” o en parcialidades como “Parcialidad 1 de X”. En la versión 3.3 su valor deberá corresponder a una clave del catálogo de “Formas de pago”; ejemplo: “01” Efectivo, “02” Cheque nominativo, etc.

En la versión 3.3 se agregará un nuevo elemento llamado “CFDI relacionados” que deberá utilizarse para indicar la relación que existe entre el CFDI que se emite con algún otro CFDI certificado anteriormente. El tipo de relación se determinará asignando la clave correspondiente del catálogo de “Tipos de relación entre CFDI”, y agregando los folios fiscales (UUID) relacionados. Por ejemplo, al emitir una nota de crédito (CFDI de egreso) se deberá indicar la relación “01” Nota de crédito de los documentos relacionados, incluyendo además los correspondientes UUID de las facturas a las cuales aplica dicha nota de crédito.

Un cambio muy importante que trae esta nueva versión es que para poder emitir comprobantes con importes grandes, con un tipo de cambio fuera del rango establecido o con ambos casos, se deberá asignar una “Clave de confirmación”. Esta clave de confirmación deberá solicitarse al PAC, la cual deberá agregarse como dato adicional al comprobante para que pueda certificarse. El procedimiento de confirmación no será automático, de forma manual el emisor del comprobante deberá confirmar con el PAC.

Se deberán detallar a nivel concepto del comprobante el monto de los descuentos e impuestos aplicables.

A cada concepto del comprobante se le deberá indicar su clave de “Unidad de medida” estandarizada de acuerdo al catálogo de “Unidades de medida para los conceptos en el CFDI”. Este catálogo contemplará unidades de peso, volumen, tiempo, energía, etc.

A cada concepto del comprobante se le deberá indicar su clave de “Producto o servicio” estandarizada de acuerdo al catálogo de “Productos / servicios”.

La forma en la que se integrarán las claves de este catálogo será la siguiente:

1.- División Los dos primeros dígitos

2.- Grupo Los siguientes dos dígitos

3.- Clase Los siguientes dos dígitos

4.- Subclase Los últimos dos dígitos

Para indicar la clave que corresponde a la descripción del bien o servicio de cada concepto del comprobante, se podrán clasificar los conceptos hasta el tercer nivel de la clave, es decir, hasta la clase.

Catálogos

Los catálogos a utilizar para el llenado de los datos del CFDI serán:

  • Aduanas
  • Productos / servicios
  • Unidades de medida
  • Códigos postales
  • Formas de pago (Efectivo, cheque, etc.)
  • Impuestos (ISR, IVA, IEPS)
  • Métodos de pago (Pago en una sola exhibición, Pago en parcialidades o diferido)
  • Monedas (MXN, USD, JPY, etc.)
  • Números de pedimento operados (Aduana, patente, ejercicio, cantidad)
  • Países
  • Patentes aduanales
  • Régimen fiscal (General de Ley Personas Morales, Sueldos y salarios, etc.)
  • Tasas o cuotas de impuestos
  • Tipos de comprobante (Ingreso, Egreso, Traslado, Nómina, Pago)
  • Tipos de factor (Tasa, Cuota, Exento)
  • Tipos de relación (Nota de crédito, Débito, Sustitución de CFDI, Traslados, Traslados previos)
  • Uso de comprobantes (Adquisición de mercancías, Devoluciones, Gastos en general, etc.)

Cabe recordar que la autoridad fiscal anunció una facilidad que indica que el uso del CFDI versión 3.3 será obligatorio a partir del 1º de diciembre de 2017.

Fuentes:

SAT
SAT da a conocer facilidades en materia de factura electrónica
Necesario trabajo interdisciplinario para actualización de factura: SAT